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Prevención en Portugal vs España. ¿Parecidos razonables?

Cualquiera que haya visitado Portugal ha podido constatar las numerosas semejanzas existentes con nuestros vecinos ibéricos. Tenemos un origen y una historia en común. Algunos como el sabio Saramago profetizaron y desearon (quizá utópicamente el tiempo lo dirá), una futura unión de los dos países.

Pero también tenemos algunas diferencias notables: forma de gobierno, costumbres, horarios, gastronomía, etc. Y esto mismo sucede en la Prevención de Riesgos Laborales.

Quizá el abundante marco normativo portugués de prevención es uno de los más conocidos de fuera de nuestras fronteras entre los profesionales de la Prevención ya que es muy frecuente encontrar integrantes de Servicios de Prevención Propios de empresas españolas que hayan tenido entre sus competencias la gestión de la Seguridad y Salud de los empleados de filiales, delegaciones, oficinas comerciales o proyectos temporales en Portugal. El apellido "Ibérica" abunda en muchas compañías. Hay más de dos mil empresas españolas operando en Portugal.

La normativa presenta una estructura similar a la española; una Ley de Prevención (y reformas parciales posteriores), un reglamento de los servicios de prevención y un conjunto de decretos técnicos de desarrollo. Pero al profundizar en algunas cuestiones básicas de gestión como son los modelos de organización disponibles comprobamos ya las primeras diferencias significativas ya que hay más flexibilidad para los empleadores:

  • Las opciones permitidas son por centros de trabajo y no obligatoriamente por empresa.

  • El modelo de organización puede verse determinado por la distancia entre los centros de modo que su dispersión favorece la posibilidad de optar por modelos mixtos entre Servicios Internos y Servicios Externos (equivalente a nuestros SPP´s y SPA´s).

  • Encontramos también diferencias en el área de Medicina del Trabajo ya que los exámenes médicos son obligatorios de forma bianual para menores de 50 años y cuando dicho examen es ofrecido al trabajador tiene carácter obligatorio su realización. También hay que destacar un sistema de aseguramiento del riesgo profesional meramente privado, sin relevancia en la gestión de la prevención en las empresas.

Existe mayor flexibilidad en Portugal en cuanto a la posibilidad de subcontratar determinadas actividades preventivas por los SPA´s, en cuanto al régimen de contratación de los profesionales de la prevención o en cuanto a las funciones de las entidades técnicas de referencia y fiscalizadoras del cumplimiento de las normas de Seguridad y Salud.

En contraposición, analizando la batería de decretos de contenidos más técnicos que conforman su estructura normativa veremos que la adaptación portuguesa de las diferentes directivas comunitarias a su realidad socioeconómica presenta continuos paralelismos con nuestro grupo de Reales Decretos, fundamentalmente aquellos aprobados en los años 90 como desarrollo de nuestra Ley 31/95.

Por tanto, podemos decir que en líneas generales los sistemas español y portugués de PRL se parecen razonablemente y tenemos recorridos temporales y enfoques muy similares, pero hay algunas diferencias significativas entre ambos países a tener muy en cuenta en la gestión de la seguridad y salud de los trabajadores en Portugal, o…. de la "Segurança e Saúde dos trabalhadores", según se mire.

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Comentarios
  • ANA CALVET ARANCE
    7 abril 2021a las 11:53
    Buenas

    Estamos abriendo una oficina en Portugal y estamos interesados en que nos cotizarán servicio de prevención en Portugal, sería para un centro de llamadas y habría 10 trabajadores propios.

    Quedo a la espera de sus noticias.

    Un saludo.
    Prevenidos
    14 abril 2021a las 15:00

    Hola Ana,

    Te contactamos por correo electrónico.

    Un saludo

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