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La vacunación en el entorno laboral

La vacunación frente al SARS-CoV-2 causante de la COVID-19, ocupa diariamente la información de los medios de comunicación, por su importancia como la medida más eficaz para prevenir esta enfermedad junto al resto de medidas preventivas también imprescindibles que deben mantenerse, independientemente de haber recibido o no dicha inmunización.

Tanto es así, que puede parecer que se haya olvidado que, existen otras enfermedades infecciosas prevenibles a través de la vacunación. Por suerte disponemos de muchas vacunas que han salvado y salvan vidas, o disminuyen la morbilidad frente a determinados patógenos, o han llegado a erradicar enfermedades infecciosas.

Gracias a las vacunas se ha erradicado la viruela y está cerca de erradicarse la poliomielitis en el mundo, el sarampión ha dejado de ser un problema frecuente en nuestro medio que causaba frecuentemente encefalitis, prácticamente no tenemos casos de difteria y ha disminuido mucho la incidencia de tos ferina, tétanos, hepatitis B, meningitis meningocócicas, etc.


La vacunación en el entorno laboral

Determinadas actividades laborales, implican exposiciones potenciales de los trabajadores a agentes biológicos, para los cuales se dispone de vacunas eficaces.

El Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, BOE: nº 124 24-05-1997 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajoEste enlace se abrirá en una ventana nueva indica referente a la vacunación, que cuando exista riesgo por exposición a agentes biológicos para los que haya vacunas eficaces, éstas deberán ponerse a disposición de los trabajadores, informándoles de las ventajas e inconvenientes de la vacunación. El ofrecimiento al trabajador de las mismas y su aceptación, deberán constar por escrito.

La vacunación es una de las estrategias preventivas más eficaces frente a las enfermedades infecciosas y una obligación para la empresa su ofrecimiento, cuando exista riesgo de exposición laboral a agentes biológicos que dispongan de una vacuna eficaz.


Fundamentos para la vacunación en la empresa

La vacunación en el entorno laboral tiene una justificación sociosanitaria, ética económica y normativa:

  • Protección de los trabajadores para evitar que desarrollen ciertas enfermedades infecciosas.
  • Protección de los pacientes, familiares y personas de su entorno, evitando que los trabajadores transmitan ciertas enfermedades infecciosas a terceros.
  • Prevención de enfermedades infecciosas en trabajadores especialmente sensibles, como, por ejemplo, aquellos que padecen enfermedades crónicas renales, cardiacas, pulmonares, inmunodeprimidos o en situaciones especiales como el embarazo o la lactancia.
  • Prevención de enfermedades infecciosas que puedan evolucionar hacia la muerte o la cronicidad (por ejemplo, la hepatitis fulminante, cirrosis, hepatocarcinoma).
  • Disminución de las ausencias al trabajo por enfermedades infecciosas.
  • Colaboración en el mantenimiento del calendario de vacunaciones para adultos, ya que la mayoría de adultos no han sido inmunizados de acuerdo con las normas de inmunización actuales.
  • Obligación normativa de su ofrecimiento laboral. Cuando la evaluación demuestre la existencia de un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores por exposición a agentes biológicos contra los que existan vacunas eficaces, el empresario deberá ofrecer dicha vacunación. "Si existe una vacuna eficaz y segura ante el o los agentes biológicos identificados en la evaluación de riesgos, el empresario debe ofrecer la inmunización activa a todos los trabajadores expuestos y documentar por escrito tanto el ofrecimiento como la aceptación de la medida." Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo.
  • Deberá informarse a los trabajadores sobre las ventajas e inconvenientes tanto de la vacunación como de la no vacunación.
  • La vacunación ofrecida a los trabajadores no acarreará a éstos gasto alguno.
  • Podrá elaborarse un certificado de vacunación que se expedirá al trabajador referido y, cuando así se solicite, a las autoridades sanitarias.

Las vacunas

Como indica la NTP 384: La inmunización activa: una herramienta de prevención del INSHTEste enlace se abrirá en una ventana nueva, la vacuna se define como una sustancia extraña al organismo, compuesta por antígenos o determinantes antigénicos (partes de los gérmenes), capaz de inducir una respuesta protectora a través de la estimulación del sistema inmunitario (sistema defensivo) del huésped (individuo) mediante la producción de anticuerpos y/o activación de células inmunocompetentes (defensas) y de generar memoria inmunológica.(mantenidas en el tiempo).

Es decir, son sustancias antigénicas que se administran al individuo sano para producir inmunidad activa (defensas específicas) frente al agente infeccioso a través de la producción por el propio organismo de anticuerpos o respuesta inmunitaria celular o ambas, lo que conocemos como defensas.

Las vacunaciones se dividen en Sistemáticas que son las aplicadas a la totalidad de la población, excepto si el individuo tiene contraindicaciones, por su interés individual y comunitario en los programas de Salud Pública a través de los calendarios vacunales, las No sistemáticas que se aplican de forma individual según circunstancias personales o ambientales de los trabajadores o ante un brote epidémico, entre ellas las dirigidas a determinados grupos definidos específicos de riesgo por su ocupación.

Estas vacunaciones no sistemáticas en relación a su actividad laboral están indicadas fundamentalmente, tal como indica la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la Exposición a Agentes Biológicos del INSST sobre el RD 664/1997Este enlace se abrirá en una ventana nueva, en trabajadores que:

  • Por su profesión estén expuestos a riesgos biológicos, identificados en la evaluación inicial de riesgos.
  • Precisen viajar a zonas geográficas donde existan determinadas enfermedades endémicas o vacunaciones obligatorias.
  • Desarrollen su actividad en lugares con concentración de personas donde la propagación de determinadas enfermedades sea fácil, pudiendo afectar a personas sensibles o comprometer servicios esenciales para la comunidad.

Criterios para la vacunación de los trabajadores expuestos laboralmente

  • Que el agente esté presente en el puesto de trabajo, ya sea de forma objetiva, probable o posible.
  • Que el trabajador sea susceptible a padecer la enfermedad de la cual le queremos proteger. Es decir, que no esté inmunizado por haber padecido la enfermedad o por haber sido vacunado previamente.
  • Que exista una posible vía de entrada.
  • Que exista una vacuna eficaz frente al agente biológico en concreto.

Cuando la exposición a los agentes biológicos deriva de una actividad con intención deliberada de utilizar o manipular el agente, deberán conocerse cuáles son los microorganismos y actuar en consecuencia. Cuando la exposición a los agentes biológicos no implica esa manipulación, ni el contacto directo o el uso deliberado del agente, se procederá al ofrecimiento de las vacunas frente a los agentes más frecuentes.


Principales grupos de riesgo laborales tributarios de vacunaciones

Principales grupos de riesgo

Personal sanitario, de laboratorios clínicos y de investigación microbiológica

Personal bomberos, policías, protección civil, etc.

Trabajadores de instituciones penitenciarias, geriátricos, centros de discapacitados psíquicos, atención al público, asistencia social, etc.

Trabajadores no sanitarios expuestos a sangre, pinchazos u otros fluidos contaminantes como manicuras, pedicuras, tatuajes y piercing.

Trabajadores docentes, en especial de guarderías y parvularios.

Trabajadores en contacto con medios acuáticos insalubres como colectores, aguas estancas o contaminadas; vigilancia y saneamiento ambiental, funerarias, etc.

Personal de limpieza en contacto con residuos y trabajadores de lavanderías.

Trabajadores de centros de producción o manipulación de alimentos.

Trabajadores en contacto con animales salvajes.

Trabajadores que por motivos laborales viajen a zonas endémicas.

Trabajadores inmigrantes insuficiente o incorrectamente va cunados.

Fuente: Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la Exposición a Agentes Biológicos del INSST sobre el RD 664/1997


La administración de las vacunas frente a agentes biológicos laborales, cuya responsabilidad de ofrecimiento es del empresario, la efectúa el personal sanitario del Servicio de Prevención, siendo éste quien las planifique y supervise.

En España no existe ningún imperativo legal que obligue a vacunarse a los trabajadores expuestos a riesgos biológicos, aunque algunos de los colectivos expuestos se llevan a cabo en base a ordenanzas particulares y convenios colectivos.

La vacunación será totalmente gratuita para el trabajador (entre otros, artículo 14.5 de la LPRL) y voluntaria, aunque la no aceptación puede suponer, en ciertos puestos de trabajo y para ciertas enfermedades, la consideración de No Apto en razón de la necesidad de la protección de terceros, según la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la Exposición a Agentes Biológicos del INSST sobre el RD 664/1997.Este enlace se abrirá en una ventana nueva
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